QUE HACER SI TE ENCUENTRAS CON INMIGRACIÓN O LA POLICÍA

Consejos Para Comportarse

Mantenga la calma

Mantenga siempre la calma y la cortesía, y sea educado. No luche, resiste o huye.

Mantenga las manos visibles

Asegúrese de tener las manos visibles para evitar malentendimientos. No te metas las manos en los bolsillos.

No facilite información falsa

Nunca proporcione documentos o información falsa a los funcionarios de inmigración.

Preguntas Frecuentes sobre Inmigración

1. ¿Qué tipos de casos de Inmigración maneja su firma de abogados?

Nuestros abogados de Inmigración manejan muchos tipos de casos, incluidos casos ante la Corte de Inmigración, casos de Menores, casos de Detención por ICE, casos de Asilo, casos de Cancelación de Remoción, casos de Ajuste de Estatus, peticiones Familiares, Residencia, Ciudadanía, solicitudes de Permiso de Trabajo, Perdones migratorios, Parole, casos de Visa U y casos de Visa T.

Representamos a clientes con casos en Nueva York, Nueva Jersey y ante Cortes de Inmigración en todo Estados Unidos, cuando lo permite la ley federal. La mejor estrategia depende de los hechos, documentos, historial ante la Corte, historial con ICE y estatus actual de cada Caso individual.

Comuníquese con nuestra oficina para programar una Cita para la evaluación de su Caso.

2. ¿Puede su firma representar a una persona que vive fuera de Nueva York o Nueva Jersey?

Debido a que la ley de Inmigración es federal, un abogado ubicado en Nueva York o Nueva Jersey frecuentemente puede representar a un cliente cuyo Caso se encuentra en otra parte de Estados Unidos.

El abogado deberá revisar la ubicación de la Corte de Inmigración, el centro de Detención de ICE, el tipo de Caso y si se permiten comparecencias remotas.

Programe una Cita para que la firma pueda determinar la mejor manera de manejar su Caso.

3. ¿Ofrecen servicios de Inmigración en inglés, español, quechua y otros idiomas?

Sí. Nuestra firma ayuda a clientes en varios idiomas, incluidos inglés, español, quechua, kichwa e incluso alemán. Entendemos que un Caso de Inmigración ya es suficientemente difícil sin el estrés adicional de tener que explicar hechos profundamente personales, el historial ante la Corte, circunstancias familiares o el temor de regresar a su país en un idioma que no domina.

Nuestro enfoque multilingüe ayuda a los clientes a comprender mejor su Caso, sus fechas de Corte, sus Citas con ICE, asuntos de Detención, su elegibilidad para un Permiso de Trabajo, los documentos requeridos y la estrategia que se está utilizando en su representación. También permite que nuestros abogados y personal obtengan información más completa y precisa directamente del cliente, lo cual puede ser especialmente importante en casos de Asilo, Menores, Familia y Corte de Inmigración.

Cuando se necesita asistencia adicional con el idioma, procuramos coordinar servicios de interpretación para que cada cliente tenga una oportunidad real de comprender el proceso, hacer preguntas y participar plenamente en la preparación de su Caso.

4. ¿Representan a clientes de Ecuador, Venezuela, Colombia, México y la República Dominicana?

Sí. Representamos a clientes de Ecuador, Venezuela, Colombia, México, la República Dominicana y muchos otros países.

Manejamos casos ante la Corte de Inmigración, casos de Menores, casos de Detención por ICE, casos de Asilo, casos de Cancelación de Remoción, casos de Ajuste de Estatus, peticiones familiares, residencia, ciudadanía, solicitudes de Permiso de Trabajo, perdones migratorios, parole, casos de Visa U y casos de Visa T.

Cada Caso depende de sus hechos individuales. La nacionalidad por sí sola no determina si el Caso tendrá éxito ni qué tan rápido avanzará.

5. ¿Qué debo hacer después de recibir una fecha de Corte de Inmigración?

No ignore su fecha de Corte de Inmigración. Faltar a una audiencia puede resultar en que la Corte de Inmigración emita una orden de remoción en su contra sin que usted esté presente.

Guarde cada notificación de la Corte y cada documento de Inmigración que reciba. Confirme la fecha, la hora y la ubicación de la audiencia, y programe una Cita con un abogado de Inmigración lo antes posible.

Un abogado puede revisar su Caso, explicarle los cargos presentados ante la Corte, identificar posibles defensas y determinar la mejor manera de prepararse para su fecha de Corte.

6. ¿Cómo puedo verificar mi fecha de Corte de Inmigración o el estatus de mi Caso?

Es posible que pueda verificar su fecha de Corte de Inmigración y el estatus de su Caso mediante el sistema automatizado de información de casos de la Corte de Inmigración.

Sin embargo, el sistema en línea o telefónico puede no reflejar inmediatamente todas las actualizaciones de la Corte. Siempre revise las notificaciones oficiales y comunique inmediatamente cualquier cambio de dirección a la Corte de Inmigración.

La mejor práctica es guardar copias de todos los documentos de la Corte, revisar regularmente el estatus de su Caso y comunicarse con su abogado antes de cada Cita o audiencia ante la Corte.

7. ¿Qué debe hacer mi familia si ICE me arresta o me detiene?

Después de un arresto por ICE, su familia debe reunir su nombre completo, fecha de nacimiento, país de nacimiento, número A y posible lugar de Detención.

Su Esposo, Esposa, Hermano, Hermana u otro familiar de confianza debe programar inmediatamente una Cita con un abogado de Inmigración. El abogado puede investigar el Caso de ICE, determinar dónde está detenida la persona y evaluar si es posible solicitar su liberación de la Detención.

Actuar rápido puede ser importante en un Caso de Detención por ICE, porque las fechas de Corte y los traslados entre centros de Detención pueden ocurrir rápidamente.

8. ¿Puede ICE detenerme aunque no haya cometido un Delito?

Sí. ICE puede arrestar o colocar a ciertas personas en Detención de Inmigración, incluso cuando no tienen una condena penal.

La autoridad de ICE para detener a una persona puede depender de su Caso de Inmigración, entradas anteriores, órdenes previas de la Corte, audiencias perdidas, parole, estatus actual y otras circunstancias.

Una Cita con un abogado de Inmigración puede ayudar a determinar la mejor respuesta ante un arresto de ICE o un posible Caso de Detención.

9. ¿Qué ocurre cuando una persona es transferida de la custodia de la Policía o de la Cárcel a la Detención de ICE?

Cuando una persona es arrestada por la Policía y llevada a la Cárcel, ICE puede emitir una orden de retención migratoria o tomar a la persona bajo custodia de Inmigración después de que termine el Caso penal o se pague la fianza.

Ser liberado de la Cárcel no siempre significa que la persona regresará a su hogar. ICE puede transferirla directamente a un centro de Detención de ICE e iniciar o continuar un Caso ante la Corte de Inmigración.

La mejor opción suele ser que el abogado penal y el abogado de Inmigración coordinen antes de que se resuelva el Caso penal. Los familiares deben programar una Cita de Inmigración tan rápido como sea razonablemente posible.

10. ¿Puede un arresto o un Delito afectar mi Caso de Inmigración?

Sí. Un arresto, cargo penal, declaración de culpabilidad o condena puede afectar un Caso ante la Corte de Inmigración, la Detención por ICE, la residencia, la ciudadanía, el Asilo, la Cancelación de Remoción, el Ajuste de Estatus o un Permiso de Trabajo.

Incluso un Caso penal breve o aparentemente menor puede tener consecuencias migratorias importantes. La Corte de Inmigración puede considerar el cargo exacto, la declaración de culpabilidad, la sentencia, el informe Policial y otros documentos del Caso.

La mejor práctica es consultar con un abogado de Inmigración antes de aceptar cualquier acuerdo de culpabilidad en la Corte penal.

11. ¿Cómo puede afectar a mi Caso de Inmigración una condena por Conducir en Estado de Ebriedad?

Un arresto o una condena por Conducir en Estado de Ebriedad puede afectar un Caso de Inmigración, incluso cuando se trata del primer Caso penal de la persona.

Las consecuencias pueden depender de la ley aplicable, la existencia de lesiones, los pasajeros, arrestos anteriores, la sentencia y el tipo de beneficio migratorio solicitado. Conducir en Estado de Ebriedad puede afectar la Detención por ICE, una fianza ante la Corte de Inmigración, la Cancelación de Remoción, el Ajuste de Estatus, el Asilo, la residencia, la ciudadanía o un Permiso de Trabajo.

Programe una Cita para que un abogado de Inmigración revise los documentos de la Corte penal y determine la mejor estrategia para el Caso de Inmigración.

12. ¿Puedo obtener un Permiso de Trabajo?

Un Permiso de Trabajo no está disponible automáticamente en todos los Casos de Inmigración. La elegibilidad depende de la solicitud pendiente, el estatus actual, el parole, el Caso ante la Corte y otros factores legales.

Algunas personas pueden calificar para un Permiso de Trabajo mediante el Asilo, el Ajuste de Estatus, el Estatus de Protección Temporal u otra categoría elegible.

Un abogado puede revisar su Caso durante una Cita y explicarle la mejor base disponible para solicitar un Permiso de Trabajo.

13. ¿Cuál es la manera más rápida de obtener un Permiso de Trabajo?

No existe un único proceso que sea el más rápido para todas las personas. La opción legal más rápida depende del Caso, el estatus ante la Corte de Inmigración, el historial con ICE y la categoría de elegibilidad.

Presentar documentos completos y correctos puede ayudar a evitar demoras innecesarias. Sin embargo, ningún abogado puede garantizar una aprobación rápida ni prometer que un Caso de Permiso de Trabajo será procesado más rápido que otro.

El mejor primer paso es programar una Cita e identificar la categoría correcta para el Permiso de Trabajo.

14. ¿Qué es el Asilo?

El Asilo es una forma de protección para ciertas personas que no pueden regresar de manera segura a su país debido a persecución o a un temor fundado de persecución.

Un Caso de Asilo puede presentarse ante USCIS o como defensa en la Corte de Inmigración. Generalmente, el solicitante debe demostrar que el daño está relacionado con su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social particular.

El mejor Caso de Asilo está respaldado por un testimonio detallado, documentos consistentes y evidencia relevante sobre las condiciones del país.

15. ¿Cuánto tiempo tengo para presentar un Caso de Asilo?

En muchos casos, una persona debe presentar su solicitud de Asilo dentro del primer año después de llegar a Estados Unidos. Pueden existir excepciones en casos que involucren circunstancias cambiadas o extraordinarias.

No espere a ser arrestado por ICE ni a recibir una fecha de Corte de Inmigración para buscar ayuda. Programe una Cita tan rápido como sea posible para que un abogado revise su fecha de entrada, estatus, edad, circunstancias médicas e historial del Caso.

Un solicitante Menor de edad puede tener consideraciones diferentes relacionadas con los plazos, dependiendo del Caso específico.

16. ¿Puedo solicitar Asilo si ya tengo un Caso ante la Corte de Inmigración?

Sí. Una persona en procedimientos de remoción puede solicitar Asilo como defensa ante la Corte de Inmigración.

El solicitante debe presentar los documentos requeridos, cumplir con los plazos de la Corte, asistir a cada fecha de Corte y presentar evidencia que respalde el Caso.

Un abogado puede ayudar a determinar la mejor manera de presentar el Caso de Asilo y si también se debe solicitar retención de remoción o protección bajo la Convención contra la Tortura.

17. ¿Cómo puedo obtener la residencia permanente?

La residencia permanente puede estar disponible mediante un Caso Familiar, un Caso de empleo, un Caso humanitario, un Caso de Menor, un Ajuste de Estatus u otra categoría de Inmigración.

Un Esposo, Esposa, padre, madre, hijo adulto, Hermano o Hermana que califique puede iniciar un Caso Familiar. Sin embargo, la aprobación de una petición familiar no siempre termina un Caso ante la Corte de Inmigración ni evita la Detención por ICE.

Programe una Cita para determinar el mejor proceso de residencia para su Caso.

18. ¿Qué es el Ajuste de Estatus?

El Ajuste de Estatus es el proceso mediante el cual ciertas personas elegibles solicitan la residencia permanente desde dentro de Estados Unidos.

La elegibilidad puede depender de una entrada legal, parole, una petición aprobada, disponibilidad de visa, historial penal, historial con ICE y si USCIS o la Corte de Inmigración tiene jurisdicción sobre el Caso.

La mejor estrategia de Ajuste de Estatus depende de si la persona tiene un Caso activo ante la Corte, un Caso Cerrado Administrativamente o ningún Caso ante la Corte de Inmigración.

19. ¿Puede mi Esposo o Esposa ayudarme a obtener la residencia?

Un Esposo o Esposa que sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal puede presentar una petición Familiar.

El gobierno puede examinar si el matrimonio es verdadero, si el solicitante entró legalmente, si existe un Caso ante ICE o la Corte y si el Ajuste de Estatus, un perdón migratorio o el procesamiento consular es la mejor opción.

El matrimonio no cancela automáticamente un Caso ante la Corte de Inmigración, no impide la Detención por ICE y no produce automáticamente un Permiso de Trabajo rápido.

20. ¿Qué ocurre durante una Entrevista de Matrimonio?

Durante una Entrevista de Matrimonio, un oficial de Inmigración puede hacer preguntas a cada cónyuge —Esposo, Esposa o Pareja— sobre la relación, el hogar, la boda, las finanzas y la vida diaria.

La pareja debe acudir a la Cita con los documentos solicitados y evidencia que demuestre que el matrimonio es verdadero. El oficial puede entrevistar a la pareja junta o por separado.

La mejor preparación incluye revisar el Caso presentado, corregir errores con anticipación y llevar documentos actualizados a la Cita de la Entrevista de Matrimonio.

21. ¿Se puede reprogramar una Cita de Entrevista de Matrimonio?

En algunos casos, una Cita de Entrevista de Matrimonio puede reprogramarse por enfermedad, una emergencia, un conflicto con una audiencia de Corte u otra razón documentada.

La solicitud para reprogramar debe presentarse tan rápido como sea razonablemente posible. El solicitante no debe simplemente faltar a la Cita, porque no presentarse puede retrasar o perjudicar el Caso.

Antes de solicitar una nueva Cita, debe considerarse si la persona también tiene un Caso ante la Corte de Inmigración o un posible asunto con ICE.

22. ¿Puede mi Hermano o Hermana ayudarme a obtener estatus legal?

Un ciudadano estadounidense de al menos 21 años puede presentar una petición por un Hermano o Hermana que califique.

Sin embargo, un Caso de Hermano o Hermana normalmente no proporciona estatus legal inmediato, no detiene un Caso ante la Corte de Inmigración, no evita la Detención por ICE y no produce automáticamente un Permiso de Trabajo.

Debido a que estos casos pueden tener períodos de espera prolongados, un abogado debe evaluar si existe otra opción que ofrezca un camino legal mejor o más rápido.

23. ¿Cuál es la diferencia entre residencia y ciudadanía?

La residencia permite que una persona viva permanentemente en Estados Unidos como residente permanente legal. La ciudadanía proporciona derechos adicionales y, generalmente, una mayor protección contra la remoción.

El historial penal, el historial ante la Corte de Inmigración, el historial con ICE, los viajes, los impuestos y la residencia continua pueden afectar un Caso de ciudadanía.

El mejor momento para programar una Cita sobre ciudadanía es antes de presentar la solicitud, especialmente si el solicitante alguna vez ha sido arrestado o colocado en procedimientos ante la Corte.

24. ¿Cuál es el camino más corto o más rápido de la residencia a la ciudadanía?

No existe un camino rápido que se aplique a todos los Casos de ciudadanía. Muchos residentes pueden solicitar después de cinco años, mientras que algunas personas casadas con ciudadanos estadounidenses pueden calificar después de tres años.

El período legal más corto no significa necesariamente que el Caso será aprobado rápidamente. El procesamiento depende del historial del Caso, residencia, presencia física, matrimonio, impuestos y antecedentes penales.

Un abogado puede revisar el Caso y determinar la mejor fecha para presentar la solicitud.

25. ¿Qué es la Cancelación de Remoción?

La Cancelación de Remoción es una defensa que puede estar disponible en ciertos casos ante la Corte de Inmigración.

Para algunas personas que no son residentes permanentes, el Caso generalmente requiere por lo menos 10 años de presencia física continua, buen carácter moral, ausencia de ciertos Delitos descalificadores y dificultades excepcionales y extremadamente inusuales para un familiar que califique.

La Cancelación de Remoción es decidida por la Corte de Inmigración. Un Caso sólido requiere evidencia extensa, preparación cuidadosa y asistencia a cada fecha de Corte.

26. ¿Vivir 10 años en Estados Unidos me da estatus automáticamente?

No. Vivir 10 años en Estados Unidos no proporciona automáticamente residencia, ciudadanía, un Permiso de Trabajo ni estatus legal.

El requisito de 10 años puede ser relevante para un Caso de Cancelación de Remoción, pero la persona generalmente debe encontrarse ante la Corte de Inmigración y cumplir varios requisitos adicionales.

La entrega de ciertos documentos de la Corte, las salidas de Estados Unidos y otros acontecimientos del Caso pueden afectar la manera en que se calculan los 10 años. Programe una Cita para una evaluación completa del Caso.

27. ¿Qué es el parole migratorio?

El parole migratorio puede permitir que una persona ingrese o permanezca temporalmente en Estados Unidos bajo circunstancias específicas.

El parole no es lo mismo que residencia, ciudadanía o la desestimación de un Caso ante la Corte de Inmigración. Dependiendo del Caso, el parole puede afectar la elegibilidad para el Ajuste de Estatus o un Permiso de Trabajo.

Un abogado puede revisar los documentos de parole durante una Cita y explicar el mejor próximo paso.

28. ¿Qué es un perdón migratorio?

Un perdón migratorio es una solicitud para que el gobierno perdone o excuse un determinado problema de Inmigración.

Un Caso de perdón puede involucrar presencia ilegal, fraude, tergiversación, ciertas conductas penales u otra causal de inadmisibilidad. Algunos perdones requieren demostrar dificultades para un Esposo, Esposa, padre o madre que califique.

El mejor Caso de perdón incluye evidencia detallada, un historial migratorio preciso y una coordinación cuidadosa con cualquier Caso pendiente ante la Corte de Inmigración.

29. Mi hijo/a se unió a las Fuerzas Armadas / Militar, por ejemplo al Ejército, Fuerza Aérea, Marina o Marines. ¿Puede esto ayudarme a obtener estatus migratorio?

Posiblemente. Ciertos padres, cónyuges, viudos, viudas, hijos e hijas de miembros actuales o anteriores que califiquen de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos pueden ser elegibles para solicitar el Parol Militar en el País, conocido como Military Parole in Place.

El Parol Militar en el País puede estar disponible cuando el miembro militar que califica:

Está sirviendo en servicio activo en las Fuerzas Armadas de Estados Unidos;

Es miembro de la Reserva Selecta de la Reserva Preparada; o

Es un antiguo miembro militar que sirvió previamente en servicio activo o en la Reserva Selecta y no recibió una baja deshonrosa.

El Parol Militar en el País es discrecional y USCIS evalúa individualmente cada Caso. No proporciona automáticamente residencia, ciudadanía ni un Permiso de Trabajo. Sin embargo, cuando se concede, puede considerar a una persona elegible que entró a Estados Unidos sin inspección como si hubiera recibido parol para ciertos propósitos migratorios. Esto puede hacer posible el Ajuste de Estatus en algunos casos Familiares, cuando la persona cumple los demás requisitos.

El Caso puede depender de los registros militares del hijo, la relación entre padre e hijo, la entrada y el historial migratorio del solicitante, antecedentes penales, órdenes anteriores de la Corte, historial con ICE y cualquier Caso existente ante la Corte de Inmigración. El Parol Militar en el País tampoco elimina automáticamente la presencia ilegal, problemas penales, fraude, órdenes anteriores de remoción u otras causales de inadmisibilidad.

Un padre o madre cuyo hijo se haya unido a las Fuerzas Armadas debe programar una Cita con un abogado de Inmigración para determinar si el Parol Militar en el País está disponible y si podría crear un camino legal hacia la residencia permanente.

30. ¿Qué significa que mi Caso ante la Corte de Inmigración esté Cerrado Administrativamente?

Cuando un Caso está Cerrado Administrativamente, la Corte de Inmigración lo retira temporalmente de su calendario activo.

El cierre administrativo no es lo mismo que la desestimación o terminación del Caso. La persona puede continuar en procedimientos de remoción aunque no tenga actualmente una fecha activa de Corte.

En algunos casos, ICE o la persona en procedimientos puede pedirle a la Corte que vuelva a colocar el Caso Cerrado Administrativamente en el calendario activo.

31. ¿Puedo obtener un Permiso de Trabajo mientras mi Caso ante la Corte está Cerrado Administrativamente?

Posiblemente. Un Caso Cerrado Administrativamente no crea por sí mismo elegibilidad para un Permiso de Trabajo.

Una persona puede calificar para un Permiso de Trabajo mediante un Caso de Asilo pendiente, un Caso de Ajuste de Estatus, un estatus protegido u otra categoría elegible.

La mejor opción es programar una Cita para que un abogado revise el Caso Cerrado Administrativamente y la base legal para solicitar el Permiso de Trabajo.

32. ¿Puede un Menor de edad calificar para obtener estatus legal?

Sí. Un Menor puede calificar mediante un Caso de Estatus Especial para Jóvenes Inmigrantes, un Caso de Asilo, un Caso de Visa U, un Caso de Visa T, un Caso Familiar u otra forma de protección.

Un Caso de Estatus Especial para Jóvenes Inmigrantes puede requerir procedimientos ante una Corte estatal antes de que pueda avanzar la parte migratoria del Caso. Los casos de Menores también pueden involucrar importantes plazos relacionados con la edad y la presentación de solicitudes.

Debido a que un Caso de Menor puede involucrar varias cortes y agencias, el Menor o el adulto responsable debe programar una Cita tan rápido como sea posible.

33. ¿Qué documentos debo llevar a mi Cita de Inmigración?

Lleve todos los documentos disponibles relacionados con el Caso, incluidos:

Notificaciones de la Corte de Inmigración y documentos con fechas de Corte;

Documentos de ICE y registros de Detención;

Pasaporte e identificación;

Documentos de entrada, visa o parole;

Tarjetas y recibos de Permiso de Trabajo;

Documentos de residencia o ciudadanía;

Notificaciones de Citas de Entrevista de Matrimonio;

Documentos de matrimonio y divorcio;

Peticiones Familiares;

Solicitudes de Asilo;

Documentos de Cancelación de Remoción;

Documentos de Ajuste de Estatus;

Órdenes de Corte relacionadas con Menores y documentos del Caso de Menor;

Registros de la Policía, arrestos, Delitos, Conducir en Estado de Ebriedad y Cárcel; y

Documentos de abogados anteriores.

La mejor evaluación del Caso es posible cuando el abogado puede revisar registros completos y correctos.

34. ¿Cuál es la mejor manera de prepararme para una Cita con un abogado de Inmigración?

La mejor preparación es organizar el historial de su Caso antes de la Cita.

Prepare una cronología breve de sus entradas, salidas, contactos con ICE, Detención, arrestos por la Policía, fechas de Corte, solicitudes de Permiso de Trabajo, matrimonios, divorcios y solicitudes migratorias anteriores.

No oculte un hecho negativo. Un abogado necesita información completa sobre el Caso para identificar la mejor defensa, evitar problemas ante la Corte y determinar si es necesario actuar rápidamente.

35. ¿Puede un abogado de Inmigración garantizar un Caso rápido o exitoso?

No. Ningún abogado ético debe garantizar que un Caso será aprobado, prometer el resultado más rápido ni afirmar que es el mejor abogado basándose únicamente en publicidad.

Un abogado calificado puede preparar el Caso, cumplir los plazos de la Corte, asistir a las audiencias, responder a ICE, presentar solicitudes de Permiso de Trabajo y presentar la evidencia más sólida disponible.

El resultado final y la rapidez del Caso dependen de USCIS, ICE, la Corte de Inmigración y los hechos particulares.

36. ¿Cuál es el error más grande que cometen las personas en un Caso de Inmigración?

Uno de los errores más grandes es esperar demasiado tiempo para programar una Cita.

Faltar a una fecha de Corte, una Cita con ICE, un plazo de presentación, una Cita de Entrevista de Matrimonio, una renovación de Permiso de Trabajo, un plazo relacionado con un Menor o un plazo de apelación puede perjudicar seriamente el Caso.

Otros errores importantes incluyen presentar información falsa, ignorar documentos de la Corte, no informar un cambio de dirección o asistir a una Cita con ICE sin comprender el Caso.

37. ¿Puede una Cita breve realmente ayudar a mi Caso de Inmigración?

Sí. Incluso una Cita breve puede identificar plazos urgentes de la Corte, riesgos de Detención por ICE, documentos faltantes, opciones de Permiso de Trabajo, elegibilidad de un Menor y posibles defensas.

Sin embargo, una Cita breve puede no ser suficiente para un análisis completo cuando la persona tiene un historial complicado ante la Corte, antecedentes penales, historial con ICE o historial de Detención.

Los mejores resultados generalmente se obtienen cuando se proporcionan al abogado todos los registros del Caso antes o durante la Cita.

38. ¿Qué debo hacer si tengo miedo de regresar a mi país?

Programe una Cita con un abogado de Inmigración y explique quién podría hacerle daño, qué ocurrió, si la Policía lo protegió y por qué considera que no puede regresar de manera segura.

Un abogado puede determinar si los hechos pueden respaldar un Caso de Asilo u otro Caso de protección ante la Corte de Inmigración.

Las personas de Ecuador, Venezuela, Colombia, México, la República Dominicana y otros países pueden tener Casos diferentes. La mejor evidencia depende de los hechos y condiciones específicas involucradas.

39. ¿Puede un abogado ayudarme a obtener mis registros de Inmigración, ICE o la Corte?

Sí. Un abogado puede ayudar a solicitar registros del Caso a USCIS, la Corte de Inmigración, ICE, CBP, departamentos de Policía, cortes penales o abogados anteriores.

Estos registros pueden revelar órdenes anteriores de la Corte, arrestos por ICE, historial de Detención, entradas, solicitudes de Permiso de Trabajo, información del Caso penal o documentos faltantes.

Obtener los registros correctos puede ser el mejor primer paso antes de presentar una nueva solicitud o asistir a una Cita ante la Corte o ICE.

40. ¿Cuándo debo comunicarme con un abogado de Inmigración?

Programe una Cita con un abogado de Inmigración cuando:

Reciba una fecha de Corte de Inmigración;

ICE lo arreste o detenga a usted o a un familiar;

Sea colocado en Detención de Inmigración;

Reciba una Cita o notificación de control con ICE;

Necesite un Permiso de Trabajo o renovar su Permiso de Trabajo;

Sea acusado de Conducir en Estado de Ebriedad u otro Delito;

Desee solicitar Asilo, residencia o ciudadanía;

Pueda calificar para la Cancelación de Remoción;

Esté considerando un Ajuste de Estatus;

Su Caso ante la Corte esté Cerrado Administrativamente;

Reciba una Cita de Entrevista de Matrimonio;

Necesite parole o un perdón migratorio;

Tenga un Caso de Menor o necesite el Estatus Especial para Jóvenes Inmigrantes;

Necesite identificar la mejor estrategia para su Caso; o

Necesite ayuda rápida con un próximo plazo de la Corte.

Obtener asesoría legal temprana no puede garantizar una aprobación rápida, pero puede proporcionar más tiempo para preparar el Caso, responder a ICE, obtener un Permiso de Trabajo y presentar el mejor argumento disponible ante la Corte.

Aviso Legal

La información contenida en este sitio web es información educativa general y no constituye asesoría legal. Las leyes de Inmigración, las políticas de ICE, los procedimientos de Detención, las reglas sobre Permisos de Trabajo, los procedimientos de la Corte, los tiempos de procesamiento de los Casos y los requisitos relacionados con Menores pueden cambiar.

Leer este sitio web o programar una Cita no crea automáticamente una relación abogado-cliente. Cada Caso es diferente y debe ser evaluado individualmente por un abogado de Inmigración calificado.

Tienes el derecho a permanecer en silencio. No tienes que responder a preguntas sobre su estatus migratorio, cómo entró en los EE. UU., o si tiene un asunto de inmigración pendiente. Puedes decirle educadamente al agente que prefieres permanecer en silencio y no contestar las preguntas.
Si le paran, puede preguntar al agente si te puedes ir. Si el agente dice que si, lo normal es que te marche. Si el agente dice que no, pregúntale si te están deteniendo. Si es así, tienes el derecho a permanecer en silencio y a solicitar hablar con un abogado.
NO firmes ningún documento sin consultar antes con un abogado. Firmar documentos sin asesoramiento jurídico y sin entenderlos puede afectar gravemente a tu situación migratoria.
Tienes el derecho a negarte a que te registren a ti y a tus pertenencias. Si el agente dice que no, tienes el derecho a permanecer en silencio y solicitar hablar con un abogado.
Tienes el derecho a hablar con un abogado. Si le detienen, puede decirle al agente que deseas permanecer en silencio hasta que haya consultado con un abogado. Si te detienen en virtud de una orden judicial o basándose en una cause probable, los agentes tienen autoridad para registrarle a ti y tu entorno inmediato por motivos de seguridad y en busca de pruebas de un delito. Como se ha mencionado, puedes decir educadamente que no consientes ser registrado, pero no discute, resiste ni huye.
Sepa que, si les muestra cualquier documento de identidad de su país de origen, básicamente les estas diciendo que no es ciudadano en los EE. UU. Si te encuentran con documentos de identidad extranjeros, como el pasaporte de su país de origen, la tarjeta nacional de votante o la matricula consular, puedes verte obligado a demonstrar que te encuentras legalmente en los EE. UU., aun que si has ejercido tu derecho a permanecer en silencio.
No tienes que abrir la puerta ni dejar que los agentes entren en tu casa a menos que tengan una orden de registro válida firmada por un juez. Si los agentes tienen una orden de registro firmada por un juez, pídeles que la pasen por debajo de la puerta o que la acerquen a una ventana para que tu puedas verla. Si la orden no contiene tu nombre y dirección correctos y no está firmada por un juez, o si la persona nombrada en la orden no está ahí o no vive ahí, no tienes que abrir la puerta ni dejarles entrar.
ICE puede entrar en el espacio público de tu trabajo, como el vestíbulo de una oficina o sala de espera, sin necesitar un tipo de orden. ICE no puede entrar en un espacio privado de un lugar de trabajo, como la sala de descanso, a menos que tenga el consentimiento de su empleador, o una orden judicial de arresto.

***Esta información es sólo para fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal. Siempre debe consultar con un abogado calificado sobre cualquier asunto legal o antes de tomar cualquier decisión basada en la información aquí presentada. No se crea ninguna relación abogado-cliente al acceder o utilizar esta información.***

Si te encuentras con algún problema de inmigración lo mejor que puedes hacer es ponerte en contacto con los Abogados Arcia y Asociados, P.C. Tenemos oficinas en Queens, Manhattan, y Spring Valley.

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